Bueno, concretando;
Cuando se graba un tema principalmente se hace por dinero, y después por la fama, darlo a conocer al público, como forma o acto de cultura ó la de trasmitir pensamientos ó ideas.
Cuando adquirimos un CD legalmente podemos escucharlo sin ningún problema legal en un ámbito privado, no se si esto implica un numero X de personas, pero lo principal es que sea privado y sin animo de lucro.
Otras cuestiones podrían ser las audiciones en ámbito público sin un animo de lucro directo, (marchas nupciales, fiestas de pueblos, etc.) en las cuales creo yo debería imperar un poco más la cordura y se deberían declarar de interés publico, y quedar exentas de pago, ya que además comportan un elemento publicitario para esas personas o grupos.
Otra cuestión y más clara es la audición en ámbito público o privado que conlleve unos ingresos directos, de esta cuestión nada que objetar.
La cuestión siempre es la misma y de una forma muy sencilla y simplista seria esta.
“Que con mi idea me gane la vida, y el que la use para ganarse la vida que me la haga ganar a mi también.”
El problema en si es que no hay un marco muy concreto de donde empieza y donde acaba, todo esta en las formas de interpretación de cada cual, SGAE, jueces, políticos, y las personas de pie. Cada uno intenta arrimar el ascua a su lado, viéndolo desde un punto de vista muy particular, por eso creo que debería imperar antes que los derechos de autor, el derecho a la intimidad, los derecho que obtienes al adquirir una copia legal, al interés publico, etc., y sobre todo debería prevalecer mucho más la cordura de todas las partes y no solamente la parte económica,
por algo dicen que la música es cultura no?
Saludos y perdon por el rollo.