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No es cierto, sólo es gasto cuando el IVA es recuperable.
En la contabilidad que hipotéticamente llevase una persona física que no hiciese actividades económicas sujetas a IVA, el IVA soportado sería mayor precio de adquisición, por lo tanto, activo. Y este se amortizaría incluyendo el IVA.
Esto no es opinable, es así porque lo dice la normativa. En eso si alguien mantiene otra opinión, está equivocado o mintiendo.
Basta con ver la norma de valoración 2 del PGC:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-19884&p=20161217&tn=1#A2-2
"2.ª Inmovilizado material
1. Valoración inicial
Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.
Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública."
luishouse escribió:Toda la razón, en un balance contable solo se puede contar como activo o inmovilizado el valor del producto en sí, el impuesto, (al menos cuando yo trabajaba en contabilidad), se consideraba un gasto y nunca era más valor del balance.
No es cierto, sólo es gasto cuando el IVA es recuperable.
En la contabilidad que hipotéticamente llevase una persona física que no hiciese actividades económicas sujetas a IVA, el IVA soportado sería mayor precio de adquisición, por lo tanto, activo. Y este se amortizaría incluyendo el IVA.
Esto no es opinable, es así porque lo dice la normativa. En eso si alguien mantiene otra opinión, está equivocado o mintiendo.
Basta con ver la norma de valoración 2 del PGC:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-19884&p=20161217&tn=1#A2-2
"2.ª Inmovilizado material
1. Valoración inicial
Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.
Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública."
