Guitarra Robada

.o..o
#49 por .o..o el 10/07/2019
Jose Miguel escribió:
Y en cuanto a la denuncia, en muchos robos en casas o empresas me he encontrado con casos similares , y el Madero lo que tiene que hacer es escuchar y escribir lo que tú digas, y si te pone problemas, que salga el superior.

Si después esa denuncia sirve o no sirve , a él o ella se la pela, tú derecho es denunciar lo que tú consideres.


Alucino hacia donde vamos, porque me he visto involuntariamente envuelto en los últimos tiempos en varias cosas diferentes, (la última vez hace 2 días en el curro con un intento de robo en la empresa. Les pillé cuando rondaban para entrar), alguna otra grave, en las que lo lógico en otro tiempo era pedir que vengan, denunciar, hacer atestados.... y las "autoridades" en todos los casos, han intentado disuadirme de hacerlo en plan: "Nos vas a meter en un lío, les vas a meter en un problema, piénsatelo...".

Delcam Audio escribió:
...Aun así, iré a Mossos a dar parte del Serial, fotos y datos que me acrediten como propietario de la guitarra por si esta aparece en algún sitio...


Denunciaría como comentas con fotos, datos, Nº de serie y tal, porque ya habrás imaginado que pasa el tiempo, un año, dos...
y un día vas a un Pub y te encuentras un tío tocando tu guitarra. Para recuperarla, hará falta algo más que tu palabra.

Mucha suerte, ánimo y que la recuperes pronto. ;)
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Delcam Audio
#50 por Delcam Audio el 10/07/2019
#48 Se agradece cualquier aporte, muchas gracias por participar y aprovecho para preguntarte lo siguiente:

Volviendo al tema coberturas y seguros esto esta sacado de la web de Genei:

"Si al crear el envío contrata la cobertura: es imprescindible aportar la factura de compra de la mercancía a su proveedor y se indemnizará teniendo en cuenta el valor de la mercancía según dicha factura de compra sin IVA y sin beneficio de venta. De no disponer de facturas, no se tendrá encuenta la contratación del incremento de indemnización, ya que la premisa es tener factura de compra de la mercancía"

Entonces aquí queda claro que el seguro nada tiene que ver con la Ley de Cobertura comentada antes. Si no hay factura, no hay indemnización aunque hayas contratado seguro. ¿O hay algo que se me escapa?
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Paco
#51 por Paco el 10/07/2019
Delcam Audio escribió:
Entonces aquí queda claro que el seguro nada tiene que ver con la Ley de Cobertura comentada antes. Si no hay factura, no hay indemnización aunque hayas contratado seguro. ¿O hay algo que se me escapa?


Me parece increíble lo que dices ahí... O sea que entre nosotros, estas empresas ni te piden la factura de compra, tú contratas el seguro y te dejas tu dinero, pensando que eso está cubierto. Y en cuanto pasa algo se lavan las manos. Vamos que lo mismo te da contratarlo o no... Increíble.

Pues eso son malas prácticas, si te deja contratar el seguro sin pedir factura válida eso se puede llevar a un juzgado. Para contratar un seguro no debe ser necesario tener una factura, viene bien para saber el valor, pero no creo que existan facturas de cuadros de Velázquez, o de coches de segunda mano. Vamos que el valor de algo se puede averiguar de muchos modos, no hace falta una factura como única forma válida.
Muy fuerte, pero muy fuerte.
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Jose Miguel
#52 por Jose Miguel el 10/07/2019
En España si te dedicas a hacer seguros estas a lo que diga la Dirección General de Seguros y la Ley de Contrato de Seguro, por lo que en mi opinión, eso es papel mojado, carne de juzgado, o directamente desconocimiento. Fíjate que en esas condiciones también habla de peritaje. Pensemos que no solo está el caso de un robo o extravío, si no que la mayor parte de siniestros estarán relacionados con roturas, golpes, etc... y el tema de la factura resulta importante para ver que el importe por Kg de peso que se garantiza de serie (Sin contratar el seguro) no es mas que lo que cuesta según factura. Piensa en objeto que pese 50 kilos, lo enviamos y se rompe, si no he contratado el seguro me tocan a razón de 5,98 €/Kg 299,00 € pero sin embargo si la mercancía tiene un valor de 100,00 € que pasa, no van a salir palmando, pues por eso dicen lo de la factura, para comprobarlo.

Esta empresa, Genei, parece estar radicada en Asturias, por lo que si ofrece un seguro, lo hará por mediación de una compañía de seguros, que estará dada de alta en la Dirección General de Seguros y que cumplirá con la Ley de Contrato de Seguro, diga lo que diga Genei, en cuanto se declare el siniestro quien llevará la voz cantante será esta compañía.

Si lo que hacen es ofrecer directamente ellos un servicio de compensación económica por perdida o rotura de sus mercancías manipuladas, sin tenerlo contratado con una compañía de seguro que esté autorizada a tal efecto, pues esto estaría muy al borde de la ley, ya que si Genei no está autorizada a vender seguros no creo que esté muy claro eso de ofrecerlos en su web, por mucho que no le llamen seguro, al final es lo que es, y por tanto me reitero, carne de juzgado.

De todos modos repito, es mi opinión, y por cosas como esta que estamos viendo personalmente jamás contrataré un envío/seguro con esta empresa.

Un abrazo,
Jose M.
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Delcam Audio
#53 por Delcam Audio el 10/07/2019
#52 Genial por la respuesta muchas gracias.

Yo me he leído de cabo a rabo toda la parte de Siniestros de la web de GENEI y teniendo en cuenta la situación de documentos que he planteado, es decir, Sin Seguro contratado y sin factura de Compra (Esto seria el pan de cada día en Segunda Mano), la indemnización que me corresponde es la de 5,98€/Kg con un peso total declarado de 11Kg, pues unos 66€ y la devolución del coste del envió aprox. 10-11€. Osea un total de 75-78€ por perdida de paquete.

Esto es lo que he calculado y creo que voy a acertar. Estoy a la espera que me lo confirmen en la incidencia pero lo tengo bastante claro.

En cuanto esto pase, les sacaré la factura de compra nueva, que creo recordar que sin el IVA, en precio Base era de entre 900-1000€ y con una antigüedad de cerca de 2-3 años.

¿Entonces con la factura que ocurrirá? ¿Reintegro integro de la factura? ¿Un perito? ...no creo porque no hay paquete físico para valorar. ¿Habrá unas tablas de amortización como el valor de los coches?
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Jose Miguel
#54 por Jose Miguel el 10/07/2019
Pero partimos de la base que no has contratado ningún seguro no ? Me temo que el tema está condenado a los 70 pavos...
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Delcam Audio
#55 por Delcam Audio el 10/07/2019
Sacado de GENEI.

"Si al crear el envío no contrata la cobertura: se indemnizará al cliente según el peso del bulto, teniendo en cuenta el valor de la mercancía según la factura de compra de la mercancía sin IVA y sin beneficio de venta, mientras que si se trata de una manufactura se tomará en cuenta la declaración jurada de valor de coste de la mercancía. Cuando no se aporte factura, la indemnización se hará según el peso indicado por la agencia, con un valor de 5,98€/kg para envíos nacionales."
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makinon
#56 por makinon el 10/07/2019
Mucho ánimo, dos ojos por Rivas
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crauna
#57 por crauna el 10/07/2019
#56 gracias compañero. Toda ayuda es poca. Yo hoy volveré a sondear el wallapop. La guitarra se robó en Rubí (Bcn) pero a saber dónde andará
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Jose Miguel
#58 por Jose Miguel el 11/07/2019
Por eso tío, yo creo que los tiros van por:

Como Máximo 5,98 €/Kg pero aporta la factura y si es menos pues menos. Ojalá me equivoque y todo termine aceptablemente.

Un abrazo
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crauna
#59 por crauna el 15/07/2019
Alguna noticia compañero?

Se han dignado a decirte algo los de la agencia?

Saludos,
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Delcam Audio
#60 por Delcam Audio el 15/07/2019
#59 Pues de la agencia (Correos Express) no me han dicho nada, nadie se ha puesto en contacto ni tan siquiera para preguntar que había en el paquete ni nada. Han iniciado el proceso de incidencia por siniestro, pero todo eso lo trato con la plataforma (GENEI)... Esperando estoy a que digan algo... Aunque mas o menos tengo claro lo que van a decir.

Por mi parte, esperando. Ya puse la denuncia en la policía sobre la titularidad de la guitarra, con el serial, fotos y todo. Así por lo menos si aparece tengo la denuncia puesta.

El siguiente paso es esperar unos días a que digan algo de la agencia sobre si hay o no indemnización y la cantidad de esta... y después ya decidir que se hace.

Abrazo !!
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