#910
En términos estrictamente funcionales, uno de los órganos destinados a la percepción visual permanece actualmente en una condición de apertura, mientras el correspondiente par se encuentra en disposición inversa, sin que ello implique necesariamente una suspensión de la actividad vigilante que, pese a las circunstancias, continúa ejerciéndose desde este mismo ámbito.
Por otra parte cuando no duermo bien surgen pensamientos como el siguiente:
Partiendo de la premisa de que farmear constituye una acción lingüísticamente admisible, no parece descabellado que quien la ejecuta quede comprendido bajo la derivación de farmeador, y no necesariamente bajo aquellas otras formas que, por algún motivo, no han conseguido alcanzar idéntica legitimidad, como podrían ser farmeadista o farmero.
Es precisamente en esta aparente regularidad donde encuentro una cierta anomalía en el idioma español, puesto que, aceptada una determinada correspondencia entre acción y agente, no se entiende del todo por qué esa correspondencia habría de detenerse arbitrariamente cuando abandonamos el ámbito de lo que ya está aceptado.
De ahí que, más que guitarreadores frente a blogueadores, quizá convendría hablar de la cuestión desde una perspectiva algo menos guitarrística y bastante más derivativa, especialmente si vamos a tomar farmeador como referencia de aquello que ocurre cuando una función determina, de manera más o menos espontánea, la denominación de quien la desempeña.
Por tanto, y con el ánimo de contribuir modestamente a una futura normalización que espero que la RAE esté siguiendo con la atención que merece este asunto, procedo a establecer algunas correspondencias adicionales según la función ejercida, evitando innecesarias explicaciones de significado, pues en estos casos la propia morfología debería encargarse de hacer innecesaria cualquier aclaración.
Ejecutorcordal
Rascacuerdas
Acordeador
Cuerdígrafo
Rasgueador
Mástilero
Cuerdópata
Amplificólogo
Forólogo
Blogocordista
Digitoforista
En términos estrictamente funcionales, uno de los órganos destinados a la percepción visual permanece actualmente en una condición de apertura, mientras el correspondiente par se encuentra en disposición inversa, sin que ello implique necesariamente una suspensión de la actividad vigilante que, pese a las circunstancias, continúa ejerciéndose desde este mismo ámbito.
Por otra parte cuando no duermo bien surgen pensamientos como el siguiente:
Partiendo de la premisa de que farmear constituye una acción lingüísticamente admisible, no parece descabellado que quien la ejecuta quede comprendido bajo la derivación de farmeador, y no necesariamente bajo aquellas otras formas que, por algún motivo, no han conseguido alcanzar idéntica legitimidad, como podrían ser farmeadista o farmero.
Es precisamente en esta aparente regularidad donde encuentro una cierta anomalía en el idioma español, puesto que, aceptada una determinada correspondencia entre acción y agente, no se entiende del todo por qué esa correspondencia habría de detenerse arbitrariamente cuando abandonamos el ámbito de lo que ya está aceptado.
De ahí que, más que guitarreadores frente a blogueadores, quizá convendría hablar de la cuestión desde una perspectiva algo menos guitarrística y bastante más derivativa, especialmente si vamos a tomar farmeador como referencia de aquello que ocurre cuando una función determina, de manera más o menos espontánea, la denominación de quien la desempeña.
Por tanto, y con el ánimo de contribuir modestamente a una futura normalización que espero que la RAE esté siguiendo con la atención que merece este asunto, procedo a establecer algunas correspondencias adicionales según la función ejercida, evitando innecesarias explicaciones de significado, pues en estos casos la propia morfología debería encargarse de hacer innecesaria cualquier aclaración.
Ejecutorcordal
Rascacuerdas
Acordeador
Cuerdígrafo
Rasgueador
Mástilero
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Amplificólogo
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Blogocordista
Digitoforista
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