Buenas Antonio y para los demás usuarios, yo no soy abogado experto en derecho penal q seguramente nos puede aclarar esto q voy a comentar q es bueno q lo sepamos y q por mucho q nos pese las leyes de este país son las q son, os digo... yo me imagino q lo q le sucedió a Antonio es un hurto, pero aunque fuera un robo q la pena a la hora de juzgarlo es mayor, la prescripción de los delitos leves o menos graves de este ambito de delitos contra el patrimonio, la prescripción de dicho hecho es de un año, es decir no se puede juzgar al q ha robado por el hurto o robo, pero para recuperar la guitarra si ha existido delito de receptacion (es decir comprar algo robado) pasa lo mismo, un año y prescribe pero ahora tendríamos q ir al codigo civil q estipula 4 años (si no recuerdo mal) q si algo está en mi posesión pasa a ser mio (esto último tiene matices por la denuncia)
Conclusión q despues de tantos años es complicado legalmente recuperar la guitarra (la cosa como indica el codigo civil) a no ser q quien la tenga ahora la quiera devolver.
A ver si tenemos por aquí algún experto en derecho civil q nos lo pueda indicar porq esta ley es muy tediosa.
Antonio perdona q sea yo el q te de esta mala noticia....
pero es cierto q se puede seguir buscando para ver si puedes llegar a un acuerdo con él q la tenga.
Conclusión q despues de tantos años es complicado legalmente recuperar la guitarra (la cosa como indica el codigo civil) a no ser q quien la tenga ahora la quiera devolver.
A ver si tenemos por aquí algún experto en derecho civil q nos lo pueda indicar porq esta ley es muy tediosa.
Antonio perdona q sea yo el q te de esta mala noticia....
pero es cierto q se puede seguir buscando para ver si puedes llegar a un acuerdo con él q la tenga. 