Como registrar una cancion?

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paco
por el 04/06/2025
hola, se que peudo hacerlo a traves de sgae o la propiedad intelectual, pero que diferencia hay entre ellas?

sobre la partitura si para es sgae se debe escribir la melodia y si es para la propiedad intelectual se debe añadir algo mas?

si alguien sabe estare encantado, saludos.
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pep frias
por el 04/06/2025
#1 La SGAE es una entidad de gestión, no el registro de la propiedad intelectual.
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El Marin
por el 04/06/2025
En la SEDA. Ahí tengo yo las mías

https://www.sedamusica.es/
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2
Hugo Cris
por el 04/06/2025
#1  
Hola Paco,

La SGAE y similares son entidades de gestión de derechos de autor. Se dedican a recaudar derechos de autor y hacérselos llegar a sus asociados. En estas entidades registras tu obra si la vas a publicar y quieres cobrar por ello. Tenerlas registradas ahí NO implica necesariamente que seas su autor. Solo quiere decir que eres el propietario de sus derechos fonográficos y que eres tú quien los va a cobrar.

Una obra pertenece a su autor por el mero hecho de crearla. Pero la mejor forma de demostrar ante terceros que eres el autor es el Registro de la Propiedad Intelectual.

El registro en la SGAE o similares certifica que tú tienes los derechos para cobrar por la comunicación pública de una canción, pero no te otorga su autoría. Eso lo hace el Registro de la Propiedad Intelectual.

Tú puedes ser el autor de una canción pero los derechos editoriales pueden pertenecer a otro porque se los has cedido o vendido. El tema “Let it be” está acreditado por Lennon/McCartney, pero en los 80’s Michael Jackson compró los derechos editoriales del catálogo de The Beatles y a día de hoy supongo que los cobrarán sus herederos.

————————————————————

Para registrar un tema en el Registro de la Propiedad Intelectual es necesario al menos la partitura de la melodía principal, generalmente la voz con su letra. Cuanto más específico puedas ser (partitura de la guitarra, bajo, batería, etc) mejor. Y así siempre.

Para hacer el registro en la SGAE, la primera vez te piden la partitura y que subas el archivo fonográfico (mp3, wav…). De ahí en adelante con subir solo el archivo fonográfico es suficiente.

Espero haberte ayudado.

Un saludo,
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8
noyk
por el 04/06/2025
#3 no la conocía. Para añadir canciones ¿que piden? ¿Partituras, grabaciones...?
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El Marin
por el 04/06/2025
noyk escribió:
Para añadir canciones ¿que piden? ¿Partituras, grabaciones...?

Con el mp3 vale
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4
noyk
por el 05/06/2025
#6 Muchas gracias,  parece muy interesante .
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Edurain
por el 05/06/2025
Si muy interesante este tema.
Si podeis ampliarlo los que sabeis, seria buenisimo...
Es necesario una grabacion profesional o vale un cover?
Las partituras han de ser de solfeo o valen tablaturas?
Se puede registrar solo una base?
Como se procede?
Gracias¡¡
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Malapersona
por el 05/06/2025
En https://www.safecreative.org/es puedes registrar gratis con licencia common de esa, en la que se permite el libre uso reconociendo la autoría, o pagando 15 euros por obra en registro con copyright.

A mi me parece bastante sencillo. Adjuntas el mp3 y rellenas los datos.

 
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paco
por el 09/06/2025
#4 wow muchisimas gracias por tu gran explicacion, me habian hablado de la intelectual hace tiempo pero no recordaba todos los detalles mil gracias
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paco
por el 09/06/2025
#3 y que diferencia hay de la sgae?
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paco
por el 09/06/2025
#9 gracias
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