phakkito escribió:
Fuckcionario... de verdad, si eres jurista, y me pones como ejemplo las películas... es para flipar....tu te crees las pelis USA de abogados ???????? cuantos años tienes ??????
Tengo 41 años.
Pongo como ejemplo las películas porque en este caso valen. Todos saben que un cura no puede revelar datos del que se confiesa. Sale en muchas películas. Se llama secreto de confesión. Todos sabemos que las entrevistas abogado-cliente son secretas. Sale en muchas películas. Se llama secreto profesional.
No son pelis de USA. Ha salido hasta en los Hombres de Paco, ya ves...

Por si no te fías, lee esto: artículo 24.2 de la Constitución. Establece el derecho a la defensa jurídica.
Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de julio de 2008:
"La Constitución "garantiza, en su art. 24.2 , el derecho de defensa. Y éste implica la certeza en el asistido por el Letrado de que lo que le comunique en el contexto de la confidencialidad profesional
nunca podrá ser utilizado en su contra. De otra suerte la confianza en el Letrado sería inexistente. Y sin confianza no hay defensa posible".
la Ley Orgánica General Penitenciaria se hace eco en su articulado de esto, ya que en su art. 51.2 se garantiza la confidencialidad con el abogado salvo orden judicial y en supuestos de terrorismo. ES DECIR, SOLO SE PUEDE VULNERAR ESTA CONFIDENCIALIDAD SI SE DA LA CIRCUNSTANCIA DE TERRORISMO.