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Las asociaciones culturales, como puede ser el caso de tu grupo musical o banda que comienza, pueden emitir facturas exentas de IVA. El artículo 20.uno.14º de la Ley del IVA establece que las representaciones musicales, teatrales, coreográficas, audiovisuales y cinematográficas, cuando son prestadas por entidades o establecimientos culturales privados de carácter social, están exentas de IVA.
Las asociaciones culturales, como puede ser el caso de tu grupo musical o banda que comienza, pueden emitir facturas exentas de IVA. El artículo 20.uno.14º de la Ley del IVA establece que las representaciones musicales, teatrales, coreográficas, audiovisuales y cinematográficas, cuando son prestadas por entidades o establecimientos culturales privados de carácter social, están exentas de IVA.
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