Al final voy a parecer el reportero legal del foro... Ha salido una sentencia en Valencia que da la razón a un pub al cual la SGAE le quería cobrar algo más de 2000 euros por tener un sistema de audio conectado a unos altavoces. Es decir, por tener música en el bar.
Como sabéis, la SGAE presupone que siempre que se tienen sistemas para difundir música públicamente, incluidos bares y peluquerías, se utilizan obras del repertorio administrado por esta sociedad de autores, con lo cual persiguen el pago de derechos de difusión pública.
El pub en cuestión alegó en su defensa que la música ambiental del pub consistía en composiciones del pinchadiscos o en música libre de derechos colgada por sus autores en internet, es decir, música libre, por lo general sujeta a una cláusula llamada "copyleft".
El juzgado de lo mercantil de Valencia ha dado la razón al pub alegando que en este caso la presunción que normalmente soporta las acciones de la SGAE queda rota, y desestima su demanda de pago de derechos de difusión.
Para reflexionar!
Como sabéis, la SGAE presupone que siempre que se tienen sistemas para difundir música públicamente, incluidos bares y peluquerías, se utilizan obras del repertorio administrado por esta sociedad de autores, con lo cual persiguen el pago de derechos de difusión pública.
El pub en cuestión alegó en su defensa que la música ambiental del pub consistía en composiciones del pinchadiscos o en música libre de derechos colgada por sus autores en internet, es decir, música libre, por lo general sujeta a una cláusula llamada "copyleft".
El juzgado de lo mercantil de Valencia ha dado la razón al pub alegando que en este caso la presunción que normalmente soporta las acciones de la SGAE queda rota, y desestima su demanda de pago de derechos de difusión.
Para reflexionar!

El osito Teddy se habrá quedado más tieso que la mojama jo jo jo.
