Si eres empresa y eres un comprador particular, no tienes que hacer ningún tipo de declaración a la AEAT por adquisiciones intracomunitarias.
Es Thomann quien tiene que declarar la venta a hacienda alemana.
Otra cosa es que se declare una venta por debajo de su valor real, y que la agencia tributaria correspondiente lo revise y pretenda cobrar los impuestos correspondientes (IVA o aranceles en caso de adquisiciones extracomunitarias).
En el caso de que AEAT reclame IVA de una adquisición comunitaria, siempre lo hará por correo certificado, con período de alegaciones.
Nunca será a través del correo de envío del artículo comprado.
La comprobación de valor en una adquisición de una vivienda o bien inmueble, para comprobar el pago del Impuesto de Transmisiones, es algo muy común. Y suelen hacerlo la hacienda de la comunidad autónoma correspondiente, que son las que suelen tener traspasada dicha competencia.
El tema de ese envio, yo no se cual será la explicación, pero te aseguro que arancel no es.
Precisamente la libre circulación de bienes y personas es una de las premisas más importantes de la UE. Si eso cambia algún día, muchas cosas tendrían que cambiar.
Dudo que esa idea le guste a la jefa (la de Berlín), porque podría frenar mucho las exportaciones desde Alemania.