La Audiencia de Murcia absuelve a un conductor que había bebido por la pericia que mostró al huir

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trullols
#1 por trullols el 10/05/2011
Hola!

(Cito textualmente el texto del periódico digital "laverdad.es")


Si ha consumido alcohol, pero consigue escapar de las fuerzas de seguridad a toda velocidad y sin sufrir un accidente, sus posibilidades de salir absuelto resultan elevadas. Así parece deducirse de una sentencia que acaba de dictar la Audiencia Provincial de Murcia -en concreto, la Sección Tercera-, que ha exculpado de un delito de conducción bajo los afectos del alcohol a un conductor que dio tasas de 0,45 y 0,43 gramos por litro de aire expirado en sendos controles, pero que, sin embargo, «fue capaz de llevar a cabo una conducción plena de pericia y velocidad» mientras escapaba de los agentes.

Para los magistrados firmantes del fallo, no importa que los policías reflejaran en el atestado que los síntomas externos que mostraba el conductor evidenciaban «una altísima afectación alcohólica», como tampoco que escapara a lo largo de unos dos kilómetros, «rebasando todos los semáforos que encontró en su trayectoria y haciéndolo con luz roja, y derrapando en las curvas, accionando para ello el freno de mano».

Lo que importa, a juicio del tribunal, es que todo ello «no le supuso en ningún momento, como decimos, la pérdida de control sobre el vehículo». Suficiente para inferir que no debía de ir tan ebrio y suficiente, en consecuencia, para absolver al protagonista del delito de conducción etílica.

Para intentar entender la argumentación jurídica de estos magistrados se hace necesario señalar que para ser condenado no basta con dar una tasa de alcohol superior a los 0,25 gramos (el delito se comete 'automáticamente' cuando se superan los 0,60), sino que además es necesario demostrar que el conductor tenía sus capacidades realmente afectadas por el consumo de esa sustancia. Esto es, que la bebida le hubiera producido alteraciones físicas o psíquicas que acrediten objetivamente que el infractor no estaba en condiciones de llevar un coche.

El caso que ha motivado esta sentencia tiene su origen en los hechos ocurridos el 8 de abril de 2010, cuando un joven, A.J.S.N., hizo caso omiso a las señales que le hicieron unos agentes de la Policía Local de Murcia que estaba realizando un control rutinario de alcoholemia, y trató de escapar a gran velocidad.

Después de una persecución que se prolongó durante más de dos kilómetros, y durante la cual se saltó varios semáforos en rojo y realizó todo tipo de maniobras de evasión, como derrapajes en las curvas y 'trompos' tirando del freno de mano, el conductor fue detenido finalmente e instado a someterse a la prueba de alcoholemia. El resultado de las dos mediciones que se le practicaron fue el ya reseñado de 0,45 y 0,43.

Los agentes, además de reflejar en el atestado las graves infracciones a la seguridad vial que habría cometido el conductor, señalaron que su aliento tenía olor a alcohol, que mostraba un deambular vacilante y que tenía el habla pastosa, así como que todas las pruebas de coordinación que le propusieron (llevarse el dedo a la nariz o contarse los dedos de las manos, entre otras) no fue capaz de realizarlas correctamente.

Condena en primera instancia

Con esos datos, el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, Julio Guerrero, condenó a A.J.S.N. a una pena de multa de 1.080 euros, un año de privación del carné de conducir y 33 días de trabajos comunitarios.
La resolución fue recurrida ante la Audiencia Provincial por el condenado, que ahora ha logrado que el fallo sea revocado y salir absuelto. Razonan los magistrados de la Sección Tercera (María Jover, Juan Miguel Ruiz Hernández y, como ponente, Augusto Morales) que «no tiene ningún sentido» que el conductor mostrara «ese lamentable estado personal que debiera deducirse de los datos de sintomatología externa», y que sin embargo «fuera capaz de mantener mínimamente el control de su vehículo mientras tomaba las curvas a gran velocidad y hacía incluso derrapajes utilizando el freno de mano».

Y, tras calificar de «absurda» en dos ocasiones la sentencia dictada por Guerrero, absuelven al conductor.
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ithosu
#2 por ithosu el 10/05/2011
Se supone que los jueces también iban de ron hasta la toga,¿no?

Esto sólo pasa en Murcia...:p
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galdrum
#3 por galdrum el 10/05/2011
Lo primero que he pensado es que esto tenía que ir en "Ocio y humor"...
En fin, estos son algunos de los jueces que tenemos, así que ya sabemos a que atenernos.
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trullols
#4 por trullols el 10/05/2011
Galdrum escribió:
Lo primero que he pensado es que esto tenía que ir en "Ocio y humor"...
En fin, estos son algunos de los jueces que tenemos, así que ya sabemos a que atenernos.


Yo lo pensé, y la verdad es que parece de coña, pero es rigurosamente cierto y de ocio y humor no tiene nada ... es la triste realidad.
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Aerodyne
#5 por Aerodyne el 10/05/2011
Esto solo puede pasar en España... Sera como robar; que si robas para comer vas a la carcel, pero si robas el presupuesto entero de un ministerio te hacen una estatua...

Entiendo la sentencia en primera instancia porque la multa es el doble de la sancion maxima actual (sancion grave 600 pavos creo no?) la retirada en mi opinion deberia ser de 3 años y en delitos de trafico dias de trabajos sociales son equivalentes a carcel si no tienes antecedentes...

Lo que es de chiste es que recurra y salga absuelto!!!!????
Vale que segun el iluminado del juez no fuera suficientemente borracho porque podia hacer trompos trompos, pero darse a la fuga a lo "fast and the furious" ya es para que le quiten el carné no???
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pepecoupe
#6 por pepecoupe el 10/05/2011
IMPRESIONANTE DOCUMENTO :shock:


Algunas sentencias son realmente insultantes a la inteligencia humana :leyendo: . . . . .
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loitador
#7 por loitador el 10/05/2011
Bueno, pero aún habiendo sido absuelto de manera tan ridícula, al menos ahora se supone que le condenarán por resistencia a la autoridad, conducción temeraria... ¿no?.

Aunque visto lo visto...
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mcgiver
#8 por mcgiver el 10/05/2011
Pues a mi no me parece tan insultante la sentencia. :D

Por supuesto lo de castigarle por darse a la fuga y todo el tinglado me parece correcto, ya que por mucha pericia que pueda tener al volante, siempre podría haberse cruzado un peatón o un coche y haberse producido una desgracia.

Lo que me da la impresión, leyendo entre lineas, es que eso de que era incapaz de poco menos que tenerse en pie, es un cuento para apoyar la versión de la policía ... y eso si que es grave.

Mi opinión es totalmente subjetiva y puedo estar equivocado, ya que ni conozco la sentencia ni los hechos, pero me da que los magistrados han visto algún tipo de irregularidad en el procedimiento policial y claro, eso anula todo el proceso. Con lo cual, el tío de rositas en la calle y sin castigo por los graves delitos cometidos. Me parece a mi, que lo menos importante era si daba 0,30, 0,40 o 0,50 mg.

A lo mejor, el chaval se acojonó por el puro desproporcionado que le iba a caer por, simplemente haber bebido aunque no hubiera cometido ninguna infracción ni imprudencia al volante y eso fué lo que le impulsó a darse a la fuga. :roll:
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trullols
#9 por trullols el 10/05/2011
Mcgiver escribió:
Pues a mi no me parece tan insultante la sentencia. :D

Por supuesto lo de castigarle por darse a la fuga y todo el tinglado me parece correcto, ya que por mucha pericia que pueda tener al volante, siempre podría haberse cruzado un peatón o un coche y haberse producido una desgracia.

Lo que me da la impresión, leyendo entre lineas, es que eso de que era incapaz de poco menos que tenerse en pie, es un cuento para apoyar la versión de la policía ... y eso si que es grave.

Mi opinión es totalmente subjetiva y puedo estar equivocado, ya que ni conozco la sentencia ni los hechos, pero me da que los magistrados han visto algún tipo de irregularidad en el procedimiento policial y claro, eso anula todo el proceso. Con lo cual, el tío de rositas en la calle y sin castigo por los graves delitos cometidos. Me parece a mi, que lo menos importante era si daba 0,30, 0,40 o 0,50 mg.

A lo mejor, el chaval se acojonó por el puro desproporcionado que le iba a caer por, simplemente haber bebido aunque no hubiera cometido ninguna infracción ni imprudencia al volante y eso fué lo que le impulsó a darse a la fuga. :roll:


Yo he tenido la misma sensación que tú, fíjate. He pensado que quizá la versión policial estaba algo inflada, o incluso que el muchacho es hijo de algún jerifante ...
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Juanjo Pelegrín
#10 por Juanjo Pelegrín el 10/05/2011
ahí hay un montón de lagunas en la versión policial y simplemente se han quitado este caso de en medio sin más preámbulos...Realmente los hechos seguro que fueron muy diferentes a cómo se han contado.

Y aun con eso, la sentencia es vergonzosa. Pero, ¿qué esperáis? Si estamos hablando de la justicia española, donde nuestro más alto tribunal acaba de echar por tierra al Supremo legalizando a Batasuna de nuevo...

¿Qué peras le vamos a pedir a la aduciencia provincial de Murcia?
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phakkito
#11 por phakkito el 10/05/2011
Mcgiver escribió:
Pues a mi no me parece tan insultante la sentencia. :D

Por supuesto lo de castigarle por darse a la fuga y todo el tinglado me parece correcto, ya que por mucha pericia que pueda tener al volante, siempre podría haberse cruzado un peatón o un coche y haberse producido una desgracia.

Lo que me da la impresión, leyendo entre lineas, es que eso de que era incapaz de poco menos que tenerse en pie, es un cuento para apoyar la versión de la policía ... y eso si que es grave.

Mi opinión es totalmente subjetiva y puedo estar equivocado, ya que ni conozco la sentencia ni los hechos, pero me da que los magistrados han visto algún tipo de irregularidad en el procedimiento policial y claro, eso anula todo el proceso. Con lo cual, el tío de rositas en la calle y sin castigo por los graves delitos cometidos. Me parece a mi, que lo menos importante era si daba 0,30, 0,40 o 0,50 mg.

A lo mejor, el chaval se acojonó por el puro desproporcionado que le iba a caer por, simplemente haber bebido aunque no hubiera cometido ninguna infracción ni imprudencia al volante y eso fué lo que le impulsó a darse a la fuga. :roll:



Como remota posibilidad puede ser.

Pero en primera instancia, un juez no ha reconocido tales hechos. Y en la absolucion, lo que esta tirando por tierra es cualquier argumento cientifico y estudio realizado.

Viene a decir que una persona con 0.5 en sangre puede ser que este en plenas facultades para conducir, dada la maestría mostrada. :shock:

Claro, eso si, no mato a ningún peatón o conductor, y se salió de la estadística. La prueba que falta, es el muerto

En fin, pais.
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David
#12 por David el 10/05/2011
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